Commons:Trabajos derivados

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Esta foto de la Venus de Milo es un trabajo derivado. El artista murió hace 2000 años, por lo que la estatua está en el dominio público - no hay problemas de derechos de autor!
Árbol de decisión para trabajos derivados en Wikimedia Commons
¿Qué es un trabajo derivado?

Trabajo derivado, de acuerdo a US Act of Copyright 1976, Section 101, se define como sigue:

"Un Trabajo derivado es un trabajo basado en uno o más trabajos preexistentes, como una traducción, arreglo musical, dramatización, versión en película, grabación sonora, reproducción artística, abreviación, condensación, o cualquier otra forma en la que un trabajo pueda ser modificado, transformado o adaptado. Un trabajo consistente en revisiones editoriales, anotaciones, elaboraciones u otras modificaciones que, como un todo, representen un trabajo original de autor, es una Obra derivada"

En resumen, todas las transferencias de trabajo creativo, sujeto a derechos de autor, de un medio a otro cuenta como un trabajo derivado. Y también todas las modificaciones cuyo resultado sea un nuevo y creativo trabajo original. ¿Quién tiene derecho a crear un trabajo así? De acuerdo a US Copyright Act of 1976, Section 106:

"El dueño de los derechos de autor bajo su título tiene los derechos exclusivos para hacer o autorizar cualquiera de las siguientes cosas (...) 2) Preparar trabajos derivados basados en el trabajo protegido por derechos de autor."

Al contrario que una reproducción textual de un trabajo, que no crea un nuevo derecho de autor, un trabajo derivado sí lo hace. Sin embargo, y es importante recordarlo, los derechos de autor originales continúan vigentes. Quien tenga los derechos de autor de, digamos, una película de El Señor de los Anillos, una revista de Batman o el arte de tapa de un disco de Iron Maiden, tiene el derecho exclusivo de crear o autorizar obras derivadas. Esto incluye fotografías o escaneos, ya que —como argumentarían los jurados— es una faceta del trabajo que podrían querer aprovechar de forma comercial.

Si le saco una foto a algo con mi cámara, tengo los derechos de mi foto. ¿Por qué no puedo licenciarla como me parezca?

Al tomar una foto, se crea una obra original con sus propios derechos. Pero si la foto es de un objeto cuya reproducción ya tenía derechos, estos permanecen. La foto tiene dos facetas diferentes sujetas a derechos. Al sacar una foto a un objeto así, se hace algo que sólo el dueño de los derechos está autorizado a hacer, por eso no se puede reproducir la misma a menos que se tenga autorización. Sólo se podría reproducir una foto así bajo la figura del "Fair Use", inaceptable en Commons.

Entonces si le saco una foto a un chico con una remera de Los Simpsons, XX Century Fox tiene los derechos de esa foto?

No, no del todo. Es importante notar y distinguir que hay dos derechos de autor involucrados: el del fotógrafo, aplicable a la foto en sí, y el de Fox, aplicable a la imagen de Los Simpsons. Sin embargo, sólo se los toma en cuenta si dicha imagen es un punto focal de la foto. Una foto de una familia de paseo por un parque sonriendo a la cámara y en la cual el niño tenga puesta una remera de Bart Simpson no afectaría los derechos de autor del dueño de los mismos (en realidad, sí, pero de una forma minúscula y despreciable); pero una en la cual el primer plano esté puesto en el diseño de su remera sí lo hará.

¿Todo tiene derechos de autor? ¿Mi mesa? ¿Mi silla? ¿El gabinete de mi computadora?

No. No todo puede acogerse a las leyes de derechos de autor. Las leyes varían de un país a otro, pero en forma general sólo puede patentarse aquello que contiene un alto grado de trabajo creativo propio y puede reconocerse independientemente de su medio. Un ejemplo del primer punto es que una canción es un trabajo artístico y creativo propio y por lo tanto registrable, pero las notas musicales no lo son. El logo de la lengua de los Rolling Stones puede reconocerse en cualquier producto: la tapa de un disco, un póster, una remera, una taza, un imán, un pad para el mouse, lo que sea; pero un diseño de un mueble, aunque sea visualmente interesante, no puede desligarse del mueble en sí y no es registrable. En realidad, sí, pero se registran por un sistema diferente al de los derechos de autor y por tanto no son importantes para Commons.

¿Se pueden usar fotos de juguetes? Los juguetes no son arte.

Técnicamente no lo son, pero legalmente sí, y eso es lo que importa. Una figura de acción de Superman está tan sujeta a derechos de autor como la tapa de una revista suya. Ambas tienen derechos, en ambas el sacar una foto no los niega, en ambas se requiere autorización para su uso y por tanto ambas son incompatibles con las licencias libres de Commons.

¡Pero Wikimedia no es comercial! ¿Y el Fair Use?

Aunque Wikimedia no haga directamente un uso comercial, el criterio para inclusión requiere que el material sea libre para cualquier uso, incluído el comercial.

El Fair Use, o Uso Legítimo, es solamente una excepción legal vigente sólo en Estados Unidos y bajo contextos específicos. No puede aplicarse a bases de datos enteras, no permite la redistribución ni el libre uso, no es vigente en cualquier contexto aplicable.

¿Pero cómo se pueden ilustrar temas como Star Wars o Las Chicas Superpoderosas sin imágenes?

Sí, es difícil. Probablemente dichos artículos tengan que permanecer sin ilustraciones. Existen algunas situaciones específicas que no violarían derechos de autor (por ejemplo, la libertad de panorama si es aplicable, obras con derechos cedidos o expirados u otras situaciones previstas en legislaciones locales), o incluso soluciones más ingeniosas (por ejemplo, utilizar una foto libre del actor de una película en lugar de una del personaje, o una foto de algún evento relacionado al tema sin mostrar directamente imágenes con derechos, etc.), pero por regla general lo más probable es que cualquier imagen proveniente del último gran éxito multimediático esté sujeta a derechos de autor. Wikimedia no considera prioritario ilustrar a los artículos sobre esos temas, lo cual no quita que se pueda escribir mucho sobre ellos.

¡Nunca oí hablar de esto! ¿No es alguna interpretación creativa?

No. Las fotografías de, por ejemplo, pinturas y estatuas de arte moderno no pueden subirse tampoco, y es aceptado así. Si aceptamos el criterio legal de que las historietas o las figuras de acción son creaciones artísticas, simplemente se está aplicando la regla establecida.

Casos[edit]

¿Cómo afecta todo esto a los criterios sobre qué imágenes son permisibles en Commons?

  • Historietas, figuras de acción: No se permiten fotos, copias, dibujos, pinturas u otros trabajos derivados, a menos que el original se encuentre en el dominio público. No se permiten tampoco imágenes de trabajos derivados, como remeras, pósters, mochilas, etc.
  • Pinturas con marco: se permiten si el original está en el dominio público. El marco debe retirarse de la imagen. Se debe recordar proveer todos los datos disponibles sobre el autor.
  • Fotos de objetos en 3 dimensiones: La foto en sí misma siempre tiene derechos correspondientes al fotógrafo, independientes de los derechos del objeto en sí. Aunque el mismo esté en el dominio público, se debe tener autorización del fotógrafo (excepto, claro, si es uno mismo quien saca la foto).
  • Fotografías de edificios y esculturas en el espacio público: Son trabajos derivados, pero pueden ser aceptables bajo la libertad de panorama si el objeto de la foto está expuesto en forma permanente y se está en espacio público al sacar la foto. Las leyes sobre libertad de panorama varían de país en país.
    • Libertad de panorama completa: Alemania, Australia, Austria, Brasil, Canadá, Croacia, Eslovaquia, España, Holanda, India, Israel, Polonia, Reino Unido, República Checa, República Popular de China, Suecia, Suiza
    • Libertad de panorama restringida o sin ella: Armenia*, Azerbaijan*, Bélgica, Bielorrusia*, Bolivia*, Colombia*, Dinamarca, Ecuador*, Estonia*, Finlandia***, Estados Unidos**, Francia, Georgia*, Hungría, Italia, Japón***, Kazakjstan*, Kirgyzstan*, Letonia*, Lituania*, México*, Moldova*, Noruega**, Rumania*, Rusia*, Uzbekistan*, Ucrania.
      * Éstos paises permite libertad de panorama sólo para fines no comerciales.
      **Éstos países tiene libertad de panorama sólo para edificios, pero no para esculturas u otros trabajos.
      ***Éstos países tienen libertad de panorama completa sólo para edificios, mientras que las imágenes de esculturas y otros trabajos sólo pueden reproducidos para fines no comerciales.
  • Réplicas: Una réplica de un objeto en el dominio público se considera una copia y no un trabajo derivado, y por lo tanto no reciben nuevos derechos. Si la Venus de Milo está en el dominio público, un llavero con su forma lo está también.
  • Imágenes de personajes/objetos/escenas de libros: tienen tantos derechos como el libro en sí mismo. Si no se dispone de un permiso, legalmente son copias no licenciadas y por lo tanto inaceptables.